Resumen: Estimando recurso de suplica en los rollos de apelación 1, 2, y 3 de 2020
Resumen: Acuerda este auto la ratificación de las medidas sanitarias acordadas por la autoridad sanitaria. En concreto que la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se limita a un número máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes. De sedera proporcionada esta limitación de un derecho fundamental habida cuenta de la situación pandémica relacionada con el COVID-19. Existe un voto particular concurrente .